¡Sin comisiones de agencia!.Dúplex de 2 dormitorios de obra nueva, situada en la localidad de Manresa, provincia de Barcelona. La vivienda está bien comunicada, con la estación de RENFE Manresa a 14 minutos, con paradas de autobús con las líneas FB, L 4, L 5 y T5 próximas y con los accesos viarios a la ciudad a través de la C-37z, C-1411z, C-55 y BV-1225. La zona dispone de variado equipamiento, centro de salud, el Hospital Sant Joan de Dèu de Manresa, el Hospital Sant Andreu, oficina bancaria, teatro, restaurantes, etc. Se trata de 1 vivienda construida en 2006, con una superficie de 101,25 m² y se distribuye en salón-comedor, cocina amueblada con armarios altos y bajos, vitrocerámica y campana extractora, 2 dormitorios, 1 baño y balcón. Con nuestros servicios podrá encontrar la vivienda que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente.Requisitos: 1 mes de fianza. Seguro de vivienda. Se llevará a cabo un análisis de solvencia para el que solo se tendrán en cuenta ingresos demostrables. Promoción válida para contratos firmados antes de 30 de abril del 2024 (incluido). Esta promoción no es acumulable. Condiciones válidas para inmuebles identificados en webs y portales con detalle promocional de campaña identificado en descriptivo del anuncio.*En cumplimiento de lo dispuesto en (i) los artículos 17.6 y 17.7 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, (ii) la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda y (iii) en la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda de Catalunya, se indica: a) Que la vivienda se encuentra en una zona de mercado residencial tensionado.b) Que el valor que corresponde al Sistema Estatal de Referencia de Precios de Alquiler de Vivienda es de 706 €/mes.c) Que el valor que corresponde a la renta del contrato anterior durante los últimos 5 años es de 741 €/mes, aplicando la actualización correspondiente.d) Que en vista de lo anterior, el criterio limitador de renta a aplicar es el índice nacional de precios de alquiler (706 €/mes).e) Que al estar la renta de mercado por debajo de la renta del contrato anterior (741 €/mes), la renta a abonar por el arrendatario (renta de mercado) asciende a 706 €/mes.